PROFECO | OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS PRESTADORES DE SERVICIOS (RESTAURANTES, BARES, CANTINAS)
Fuente: | Publicado: Agosto 24, 2018
Obligaciones que deben cumplir los prestadores de servicios (Restaurantes, Bares, Cantinas) para verificaciones por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor.
La Ley Federal de Protección al Consumidor obliga a los proveedores de servicios a cumplir con todas y cada una de sus disposiciones, así como las contenidas en las diversas Normas Mexicanas existentes y aplicables a este tipo de servicios.
Dentro de las obligaciones principales para el proveedor, se encuentran las siguientes:
- Exhibir a la entrada de los establecimientos las cartas menú de alimentos y bebidas con los precios individualizados por cada producto. Deben contener gramajes y mililitros.
- Exhibir precios y tarifas en moneda nacional, sin perjuicio de hacerlo en otro tipo de moneda informando el tipo de cambio vigente.
- Informar importes o cargos adicionales aplicables por concepto de ingredientes adicionales o distintos a los originalmente ofrecidos dentro del platillo, cubierto, órdenes extras, ampliación de menú, servicio a domicilio u otro adicional que se aplique al precio exhibido para el alimento o bebida de que se trate.
- Informar las formas de pago aceptadas o no aceptadas (efectivo, crédito, débito u otras). Indicar qué tipo de tarjetas no son aceptadas.
- Informar el gramaje de los alimentos (aplicable a cortes de carne), indicando que se trata de peso promedio antes de cocción.
- Informar el contenido neto de las bebidas alcohólicas que se ofrecen por botella cerrada, así como el número de mezcladores (refrescos, jugos, etc) con las que se acompañan las bebidas por botella; para el caso de bebidas alcohólicas servidas mediante copeo no es obligatorio exhibir los mililitros.
- Informar el tamaño de las bebidas (refrescos, jugos, cocteles u otros) servidas por vaso, refil o en jarras, los mililitros aproximados, sin perjuicio de que se puedan expresar en otro sistema de medidas, precisando si se trata de tamaño chico, mediano o grande.
- Informar claramente sobre los alimentos que se vendan por pieza o porción y en función de ello su precio correspondiente.
- Informar de manera clara los términos, condiciones o reglas que se apliquen en el servicio que se ofrece en el establecimiento, ejemplo: En el servicio de bufete no hay comida para llevar, o las porciones servidas y no consumidas tendrán un cargo adicional o alimentos gratis en el consumo de dos o más bebidas, entre otras (siempre deberá ser clara y precisa esta información).
La información relativa a la exhibición de precios puede realizarse mediante documentos, anuncios, avisos o cualquier otro medio colocándose de manera visible, clara, legible e indubitable, indicando el monto total a pagar por el servicio que el consumidor desea adquirir.
- Exhibir los precios y tarifas en montos totales a pagar, debiendo incluir los impuestos o demás cargos que correspondan. (Debe aclararse esta circunstancia).
- Respetar los precios de los bienes, productos o servicios exhibidos o anunciados en la carta menú, lista de precios, carteles o cualquier otro medio.
- Entregar factura, recibo o comprobante de la compra o servicio prestado, con todos los datos de identificación del establecimiento (razón social, domicilio, identificación del establecimiento, operación realizada).
- Respetar las promociones y ofertas que se anuncien o difundan por cualquier medio o forma sobre bienes, servicios y productos, las cuales deberán contener: Las condiciones que apliquen, plazo duración, volumen de los bienes o servicios ofrecidos, días y horarios en que aplica la promoción.
- Abstenerse de realizar la selección de los clientes o condicionamiento de servicio, consumo o reservas del derecho de admisión, incluidas aquellas por razones de género, preferencia sexual o cualquiera otra particularidad.
El cumplimiento de estas disposiciones se reflejará en el desahogo de Visitas de Verificación por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor en forma satisfactoria.