JURÍDICO

DESTRUCCIÓN DE BOTELLAS VACÍAS DE VINOS Y LICORES

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Junio 28, 2024
DESTRUCCIÓN DE BOTELLAS VACÍAS DE VINOS Y LICORES

El Código Fiscal de la Federación y la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México, contienen disposiciones a cumplir sobre el manejo de envases vacíos de bebidas alcohólicas, que facultan a la Autoridad Fiscal (SAT), y Alcaldías para verificar ese cumplimiento en los Restaurantes, Bares o Cantinas. 

Bajo esas facultades, tanto la Autoridad Fiscal, como las Alcaldías, están facultadas para constituirse en los domicilios donde se encuentren instalados Giros Mercantiles de Restaurantes, Bares o Cantinas y verificar que se cumple con la obligación de destruir las botellas vacías de vinos y licores, inmediatamente después de que se agote el líquido. 

Se puede optar por destruir los envases vacíos de bebidas alcohólicas de manera semanal, debiendo realizar la destrucción el mismo día de cada semana. De igual forma, deberán raspar las etiquetas, la contraetiqueta y el marbete que estén adheridos a los envases vacíos que se vayan a destruir en el momento en que se cierren las operaciones del día, registrando el número de Folio de los marbetes que se raspen. 

El control de todo ello debe establecerse en los formatos oficiales para el Registro de Destrucción de Envases.

Será necesario conservar, y en su caso proporcionar a la Autoridad revisora si así lo requiere, la información relativa al número de envases destruidos y al dígito de folio de los marbetes raspados. 

Se recomienda que todas las botellas de vidrio destruidas se depositen en un contenedor de color verde y una vez lleno, retirarlas mediante transportes autorizados.

El Código Fiscal de la Federación vigente establece una multa por infracciones en el manejo de botellas vacías y marbetes de $ 30.00 a $140.00 pesos por cada envase vacío no destruido. Artículos 86-A, Fracción IV y 86-B Fracción IV del citado Código Fiscal.

Todo lo anterior deriva de la necesidad de proteger al consumidor respecto del consumo de bebidas alcohólicas adulteradas, cuya conducta ha ido en aumento, ya que, con la destrucción de los envases vacíos de vinos y licores, se evita la alteración de su contenido y como protección al consumidor sobre las consecuencias de consumir bebidas adulteradas, dado el riesgo de muerte, y muy importante la medida si tomamos en cuenta el número de Mexicanos y Extranjeros en México que consumen bebidas alcohólicas. 

Lo más común para adulterar las bebidas alcohólicas es la sustitución del líquido original por otro de menor calidad rebajado con agua, y otro mediante el agregado de alcohol metílico, lo que representa un grave peligro para la salud este último, al no ser apto para consumo humano.

Es de suma importancia que los empleados de los Restaurantes tengan conocimiento de estos riesgos, así como del cumplimiento que deben dar a las disposiciones legales sobre la destrucción de las botellas vacías de vinos y licores. 


FUENTE: Jurídico AMR.