JURÍDICO

CAMPAÑAS DE VERIFICACIÓN PROFECO

Fuente: | Publicado: Enero 19, 2018
CAMPAÑAS DE VERIFICACIÓN PROFECO

La Asociación Mexicana de Restaurantes, A.C. por motivo de las Campañas de Verificación que desde el mes de Diciembre de 2017 y hasta la fecha ha emprendido de forma constante la Procuraduría Federal del Consumidor a los Restaurantes de la Ciudad de México, considera importante enviarles de nueva cuenta los puntos más importantes que deben observarse por parte de las Empresas Restauranteras para la atención de esas Visitas, a fin de evitar sanciones económicas o en su caso extorsiones por los Verificadores, siendo estas las siguientes: 


  • Al presentarse Personal de la Procuraduría Federal del Consumidor a un Restaurante para practicar una Visita de Verificación, debe solicitársele se identifique como Funcionario.
  • Deberá entregar original de la Orden de Visita de Verificación firmada a nombre de la persona Física o Moral a quién va dirigida, así como que contenga el domicilio correcto.
  • Cumplidos estos requisitos, deberá permitírsele el acceso y brindársele todas las facilidades necesarias para la práctica de la diligencia. 
  • El Verificador deberá ser atendido en forma personal y directa por el Gerente del Restaurante, o bien de la persona que tenga la representación y conozca el funcionamiento.
  • Las cartas de alimentos y de vinos y licores, deberán estar posteadas y visibles en la entrada principal del Establecimiento.
  • Todos los alimentos y bebidas que se expendan deberán encontrarse relacionados en las Cartas Menú correspondientes, indicando los precios de cada producto, el gramaje y los mililitros de las botellas de vinos y licores. Últimamente están exigiendo que los alimentos contengan las calorías y los gramos de esos productos.
  • Deberá tenerse especial cuidado que todos los productos que se expendan y se mantengan en el Restaurante, ya sean de alimentos o bebidas de cualquier género, deba realizarse dentro de la fecha de caducidad de cada producto, cuya fecha de inicio, almacenaje y consumo debe constar en el producto. 
  • Bajo ninguna circunstancia pueden mantener productos en el Restaurante con caducidad vencida, aún cuando ya no se sean para su venta y estén separados. Todos esos productos deben desecharse. 
  • Los instrumentos de medición, pesas y medidas deberán funcionar de manera adecuada.
  • La publicidad y las promociones deberán ser claras y entendibles para el consumidor. Deberá indicarse el tipo de productos y la capacidad de cada uno que estén sujetos a promociones.
  • Todos los sellos y marbetes de las botellas de vinos y licores deberán encontrarse adheridos y completos en cada botella, siendo motivo de infracción su alteración, e inclusive se puede llegar al extremo del decomiso o inmovilización del producto.
  • Deberán coincidir los precios de los productos que se expendan contenidos en las cartas de alimentos y de vinos y licores, con los tickets de cobro o venta que se le realiza al cliente. El Verificador puede efectuar comparaciones para ver si hay coincidencia o no.
  • Mantener vigentes las certificaciones de los Tequilas y Mezcales, pues es común que se lo soliciten.
  • Cualquier anomalía que se detecte en la Visita deberá corregirse inmediatamente, ya que es común que el Verificador regrese el mismo día o al día siguiente a constatar lo anterior. De no realizarse la corrección, se incurriría en una reincidencia, imponiéndose sanciones económicas importantes y el riesgo de la colocación de sellos de suspensión.
  • Se tiene un término mínimo de diez días hábiles para que el visitado, pueda formular observaciones y ofrecer pruebas respecto del Acta de Verificación practicada.