Toda vez que la Ciudad de México paulatinamente va retomando su actividad normal, es muy probable que las Autoridades Delegacionales realicen Visitas Domiciliarias enfocadas a conocer la seguridad de los inmuebles destinados a una Actividad Pública como es la de Restaurante.
Para evitar cualquier tipo de problema derivado de esas Visitas, es necesario que cada Restaurante cuente con los documentos vigentes relativos a la seguridad y estructura del inmueble donde se encuentra.
El Reglamento de Construcción para el Distrito Federal obliga a los propietarios o poseedores de una instalación o edificación, a tener vigentes los siguientes documentos:
- Visto Bueno de Seguridad y Operación avalado por un Director Responsable de Obra y en su caso del Corresponsable, con capacidad de ocupación superior a las 50 personas, que deberá renovarse cada tres años.
- Contar con una Constancia de Seguridad Estructural renovable cada cinco años o después de un sismo cuando la Administración lo determine. Esta constancia deberá estar formulada por un Corresponsable en Seguridad Estructural debidamente registrado y atañe a aquellas edificaciones de más de 30 metros de altura o con más de 6,000 metros cuadrados de área total construida, y construcciones de más de 15 metros de altura o más de 3,000 metros cuadrados de área total construida.
Edificios que tengan locales de reunión que puedan alojar más de 200 personas.
El Dictamen de Seguridad Estructural debidamente firmado por las partes, deberá estar ingresado a la Delegación correspondiente y contar con sello de recepción.
En todos estos casos existen situaciones de exclusión dependiendo la zona de clasificación donde se encuentre construido el inmueble, lo que deberá determinarse por el Estructuralista.